Preguntas frecuentes

Compañeros, compañeras,  en esta sección respondemos preguntas frecuentes, dudas, y les acercamos los manuales para realizar algunos trámites -nada simples- por el sistema GEDO, como por ejemplo el pedido de licencias, francos, 111, días particulares.

La totalidad de los trabajadores comprendidos tanto en la CCT32/75E como en la Ley de Contrato de Trabajo 20.744 tenemos hasta quince (15) días hábiles por año calendario —con goce de haberes— continuos o discontinuos, para la atención de enfermo del grupo familiar declarado en el correspondiente legajo. Para su justificación el empleado deberá acreditar documentadamente —certificado médico mediante— el hecho generador y cumplimentar las formalidades de estilo. En casos debidamente acreditados ante la autoridad competente, esta licencia podrá extenderse hasta un máximo de quince días (15) hábiles adicionales, sin goce de haberes.

La totalidad de los trabajadores comprendidos en el CCT 32/75e y la Ley de Contrato de Trabajo 20.744, tienen derecho a tomarse licencia por estudios con goce íntegro de haberes, por el término de veintiocho días (28) laborables por año calendario; sólo serán reconocidos aquellos estudios realizados en establecimientos secundarios, terciarios y/o universitarios, de carácter nacional, provincial o municipal, de carácter oficial o incorporados en Universidades Privadas reconocidas por la autoridad de Aplicación. El máximo de días a otorgar por examen, no podrá exceder la cantidad de siete (7) debiendo acreditar tal cuestión con el certificado correspondiente.

Aquí te adjuntamos el manual con el paso a paso y un video tutorial.

¿Quiénes firman?

En el caso de las LRA:
1. firmante: el mismo empleado
2. firmante: el usurario que administra la Unidad de Registro
3. firmante: la Gerenta de Emisoras Sr. Mambretti

En el caso de las ex comerciales:
1. firmante: el mismo empleado
2. firmante: el usurario que administra la Unidad de Registro
3. firmante: Jefe inmediato o Gerente
4. firmante: la Gerenta de Emisoras Sr. Mambreti

Los destinatarios deben ser: el/la empleada administrativa de la emisora (que es la que administra la UR) y en Copia él mismo empleado.

 

No es el mismo procedimiento para las ex comerciales que para el resto de las emisoras. Aquí te adjuntamos un manual para cada unos de los procedimientos con el paso a paso.

MUY IMPORTANTE donde dice Firma del Director se debe poner a la Gerente de Emisoras, Gabriela Mambreti

Si, las y los trabajadores comprendidos en la Ley de Contrato de Trabajo 20.744 tienen la posibilidad de justificar por razones particulares de fuerza mayor —con goce de haberes— hasta un máximo de seis (6) días por año calendario, los que no podrán exceder la cantidad de dos (2) por mes.

Las trabajadoras tenemos derecho a 2 descansos diarios de media hora o los puede sumar esos 2 descansos y trabajar 1 hora menos por día, se puede entrar una hora más tarde o irse una hora antes, durante 1 año desde la fecha del nacimiento del niño o niña.

Si tenes alguna otra pregunta que no figuren la sección o si te parece que sería de utilidad para los compañeros de la radio incluir alguna pregunta, instrucitvo y otra información relevante escribinos a [email protected]