Está justificada la inasistencia el día de aplicación de la vacuna contra la COVID-19.

Compañeras, compañeros.

Cuando les llegue el turno para vacunarse contra la COVID-19, tienen que avisar a la dirección de la radio en la que trabajan, para que tome los recaudos necesarios ya que les corresponde tomarse el día.

Ante cualquier duda nos consultan por los canales habituales.

Transcribimos la resolución ministerial que nos ampara:

 EL MINISTRO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- Establécese que será justificada la inasistencia del trabajador o trabajadora durante la jornada laboral que coincida con el día de aplicación de la vacuna destinada a generar inmunidad adquirida contra la COVID-19, sin que ello produzca la pérdida o disminución de sueldos, salarios o premios por este concepto.

ARTÍCULO 2°.- La constancia de la aplicación de la vacuna, previa autorización del empleador, constituirá justificación suficiente, tanto para el vacunado como para los responsables de personas a su cargo.

ARTÍCULO 3º.- La presente medida entrará en vigencia a partir de su publicación en el Boletín Oficial de la REPUBLICA ARGENTINA.

ARTÍCULO 4º.- Regístrese, comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

Claudio Omar Moroni

e. 26/02/2021 N° 10515/21 v. 26/02/2021

https://www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/primera/241245/20210226?busqueda=1